Ayudas de apoyo al software libre, dirigidas a pequeñas y medianas empresas y autónomos 2009 en Aragón

martes, 4 de noviembre de 2008

DEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y UNIVERSIDAD del Gobierno de Aragón.ORDEN de 10 de octubre de 2008. BOA 30-10-2008
Subvenciones de apoyo al software libre, dirigidas a pequeñas y medianas empresas y autónomos, para el año 2009

Actuaciones subvencionables
Se considerará actuación subvencionable la realización e implantación de desarrollos en código abierto mediante la liberalización de las aplicaciones y productos informáticos y su propiedad a alguno de los tipos de licencia existentes, a través de la publicación del código fuente de forma pública y abierta.

Las actuaciones subvencionables deberán realizarse durante el año 2009 y, en concreto, antes del 30 de octubre.

Se subvencionarán, como máximo, las actuaciones correspondientes a una sola aplicación o producto por beneficiario.


Beneficiarios
Los empresarios autónomos como las pequeñas y medianas empresas, que hayan de realizar actuaciones previstas en el apartado anterior, tengan su domicilio o razón social en Aragón, o, siendo empresas o entidades, posean oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma y sean seleccionados conforme a los criterios de valoración.


Criterios de valoración
herramientas de gestión y/o administración de ONGs y de entidades sin ánimo de lucro de interés social, y herramientas de administración electrónica (para administraciones públicas);

b) la repercusión y alcance de la actuación propuesta, valorando respecto al producto o aplicación informática, los siguientes aspectos:
el nivel de su utilización actual, en caso de liberación de aplicaciones ya existentes, y
el nivel de respuesta que ofrezca a las necesidades del colectivo usuario potencial;

c) la aportación tecnológica y el carácter innovador de la actuación, valorándose sobre el producto o aplicación, lo siguiente:
- la calidad a nivel tecnológico
- el carácter innovador
- la utilización de estándares en su desarrollo
- el nivel de integración posible con otras aplicaciones
- la disponibilidad multiplataforma
- la facilidad de instalación a través de un CD/DVD o descarga de la red y la utilización de paquetes o instaladores
- la calidad de la documentación del producto o servicio que permita autonomía en su instalación - y uso a sus posibles futuros usuarios
- otras aportaciones de tipo tecnológico
- la experiencia del solicitante en el desarrollo y uso de software libre

d) la situación de la razón social en Aragón.


Cuantía de la ayuda
Dentro del crédito disponible, la cuantía de la subvención por cada producto o aplicación informática podrá ser de hasta el 100% de los gastos justificados que se deriven directamente de la ejecución de la actuación subvencionada, con un máximo de 12.000 euros.


Gastos subvencionables
Dentro de los gastos subvencionables se incluirán aquellos en los que, según la propuesta realizada en la correspondiente solicitud, se incurra para la liberalización correcta de los productos o aplicaciones informáticas, tales como los costes de los recursos necesarios para la reprogramación, paquetización y documentación.

En el caso de los gastos de personal propio dedicado a la actuación, el coste-hora para cada empleado participante en la actuación se calculará sumando las retribuciones satisfechas al empleado en el ejercicio, de acuerdo con lo declarado en el modelo 190 del IRPF a la cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado (base de cotización que aparece en los TC2 multiplicada por el coeficiente final resultante de la aportación del beneficiario a la Seguridad Social por ese empleado) y dividido todo ello por el número de horas anuales del empleado según convenio aplicable.


El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 22 de diciembre de 2008.


+ Información:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=CONV&SEC=AYUDAS_PORTAL&FMT=CONVSUS2.fmt&DOCN=000005574

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