Ayudas en Aragón para la generación y publicación de contenidos digitales 2009

martes, 4 de noviembre de 2008

DEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y UNIVERSIDAD del Gobierno de Aragón. ORDEN de 10 de octubre de 2008BOA 30-10-2008

Actuaciones subvencionables
Se considerarán actuaciones subvencionables aquéllas cuya finalidad sea la generación y publicación de contenidos digitales de carácter artístico, cultural o de otro tipo, para su difusión a través de Internet y consistan en:

a) preparación y digitalización de contenidos, y

b) adquisición de equipos servidores y herramientas de gestión de contenidos, necesarios para la publicación en internet de contenidos, directa y exclusivamente imputables a la actuación.

No se consideran actuaciones subvencionables la generación o adquisición de las páginas web en las que se publiquen los mencionados contenidos.

La financiación cubrirá las actuaciones subvencionables realizadas durante el año 2009 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Beneficiarios
Las personas físicas, las empresas públicas y privadas, las entidades sin ánimo de lucro, las entidades públicas incluidas las entidades locales, que hayan de realizar actuaciones subvencionables previstas en el apartado anterior, y, según corresponda, tengan su domicilio, razón social o ámbito territorial de actuación en Aragón. También podrán ser beneficiarias las empresas o entidades que posean oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma. Los citados sujetos deberán ser seleccionados conforme a los criterios de valoración.


Criterios de valoración

Para entidades locales, la digitalización de fondos documentales asociados a la administración, que contribuya a poner a disposición de los ciudadanos información de su interés.
Para empresas, aquellas actuaciones que contribuyan a la difusión de Aragón, su gente, su tierra y su cultura, y:
Para entidades sin ánimo de lucro, la digitalización de contenidos directamente relacionados con el objeto de su creación.


b) la repercusión y alcance de la actuación propuesta, valorándose el volumen de contenidos digitalizados y la dimensión del colectivo al que va dirigido. Además se valorarán especialmente las actuaciones de contenidos de carácter artístico y la digitalización de fondos documentales, entendiendo como tales aquellos conjuntos de documentos que tengan un valor histórico o documental, con antigüedad suficiente y que agrupen un número significativo de elementos;

c) el carácter innovador y la aportación tecnológica del proyecto o actuación, y

d) la situación de la razón social en Aragón, para el caso de empresas.


Cuantía de la ayuda
Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar será hasta un máximo de 12.000 € por beneficiario, salvo en el caso de universidades, en que la cuantía máxima será de 12.000 € por actuación, siempre que las actuaciones propuestas estén claramente diferenciadas en su temática unas de otras y se vayan a ejecutar por grupos académicos distintos. Dicha cuantía corresponderá como máximo al 75% de los costes subvencionables cuando el beneficiario sea una entidad local o una asociación sin ánimo de lucro, y como máximo al 50% de los costes subvencionables para el resto de beneficiarios.

Gastos subvencionables
a) gastos de personal dedicado a la actuación. El coste-hora para cada empleado participante en la actuación se calculará sumando las retribuciones satisfechas al empleado en el ejercicio, de acuerdo con lo declarado en el modelo 190 del IRPF a la cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado (base de cotización que aparece en los TC2 multiplicada por el coeficiente final resultante de la aportación del beneficiario a la Seguridad Social por ese empleado) y dividido todo ello por el número de horas anuales del empleado según convenio aplicable;

b) colaboraciones externas derivadas exclusivamente de la actuación;

c) gastos de material;

d) gastos de edición y de publicación, y

e) otros gastos directamente derivados de la actuación y debidamente justificados.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 22 de diciembre de 2008.

+ información:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=CONV&SEC=AYUDAS_PORTAL&FMT=CONVSUS2.fmt&DOCN=000005573

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